Artículo N° 13 - Un Justo Equilibrio: La necesidad siempre presente de respetar los derechos de los contribuyentes
En esta oportunidad quiero abordar un tema fundamental que afecta a todos quienes ejercen una actividad económica en nuestro país, que dice relación entre la administración tributaria y los contribuyentes. Esta no es una simple discusión teórica, es una realidad que impacta diariamente el desarrollo de las empresas y también afecta el patrimonio de las personas. Y en esta relación, existe un desequilibrio de poder que es innegable.
Hace unas semanas un hecho que no pasó desapercibido, donde se evidencia este desequilibrio, fue un informe que la Defensoría del Contribuyente (DEDECON) le solicitó al SII, la razón fue porque varios contribuyentes que, con situaciones pendientes, vieron bloqueado su acceso a la plataforma online del SII y se encontraron con la imposibilidad de emitir documentos tributarios, paralizando de facto su actividad económica.
Si bien la fiscalización de los actos que realizan los contribuyentes es una herramienta fundamental para el Estado, esta se debe ejercer dentro de un marco de respeto a los derechos que tiene los contribuyentes. Principios como la presunción de buena fe no pueden ser meras declaraciones de buenas intenciones en nuestro ordenamiento legal. Pero cuando la desconfianza se convierte en la norma, se ahoga la actividad económica, se genera incertidumbre y se rompe un equilibrio que es vital para el desarrollo de nuestra economía.
Para equilibrar la relación entre el Fisco y el contribuyente, el legislador estableció en el artículo 8 bis del Código Tributario un verdadero decálogo de derechos de los contribuyentes. Sin embargo, la experiencia práctica demuestra que su aplicación efectiva sigue siendo un desafío.
Uno de los principios establecidos en la ley es el derecho del contribuyente a ser informado sobre la naturaleza de la fiscalización y los plazos de término del procedimiento. Además, se establece una garantía fundamental: una vez finalizado un procedimiento, el SII no puede volver a revisar la misma materia y el mismo período tributario. Este derecho es un pilar de la certeza jurídica, pues protege al contribuyente de una fiscalización eterna. Sin embargo, es crucial señalar que se ha interpretado que la protección es específica a la «materia» revisada. Esto significa que el SII puede volver a auditar el mismo periodo por un asunto distinto, una interpretación que debilita el principio de este derecho y que mantiene al contribuyente en un estado de alerta permanente.
En esta relación desigual entre el fisco y el contribuyente, la ley no ha dejado a este último indefenso. Existen mecanismos institucionales para exigir el respeto de estos derechos, y es fundamental conocerlos y utilizarlos, principalmente existe dos instancias, el primero es el Recurso de Resguardo, que se presenta ante el propio SII para solicitar que se corrija la actuación vulneradora, el segundo es el Recurso de Vulneración de Derechos, que se interpone directamente ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA).
A pesar de la existencia de estas herramientas, los contribuyentes son reacios a utilizarlas, ya que muchos sienten temor de usarlas por miedo a represalias, o a quedar marcados dentro de la institución. Por lo que es imperativo superar estos temores, para ello se deben abrir más instancias dentro de la misma institución para que los contribuyentes pueden expresar o ejercer sus legítimos derechos o poder recurrir a la DEDECON con total libertad, porque hacer uso de estos recursos que la propia institucionalidad provee no es un acto de confrontación, sino el legítimo ejercicio de un derecho.
Por ello debemos trabajar, tanto las instituciones públicas como los organismos colegiados, para terminar con la desconfianza en el sistema, disminuir al máximo las demoras injustificadas y mejorar los procedimientos opacos, que no solo erosionan los derechos individuales de los contribuyentes, sino que debilitan la certeza jurídica, un pilar esencial para la inversión y el desarrollo económico. Un sistema tributario eficiente no es aquel que más intimida, sino aquel que facilita el cumplimiento y fiscaliza con rigor, pero siempre dentro del marco de la ley. Cuando la falta de seguridad jurídica provoca que los negocios no se concreten, el daño es para todo el país.
Desde el Colegio de Contadores, hacemos un llamado a todos los actores involucrados a fomentar las buenas prácticas tributarias en post de reflejar un cambio cultural en esta materia. Todas las actuaciones deben partir siempre desde el principio de la buena fe, respetando los plazos, las garantías procesales y los derechos que el legislador ha establecido para proteger a todos los contribuyentes.
Publicado en el Diario El Pingüino
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